martes, 12 de mayo de 2009

Modo

Se sujeta empero al cumplimiento de algo que debe hacerse o no hacerse por parte del beneficiario de dicha liberalidad en una transferencia gratuita y que deviene de los pactos romanos Do ut des, Do ut faces, Face ut do, Face ut Faces. Tiene una amplia aplicación en materia de legado por causa de muerte. Se imponen al beneficiario de dicha liberalidad el que de, haga, o no haga algo, no como contraprestación. Los actos gratuitos siempre son unilaterales. Es una petición del donante o donador. El gravamen que le pone el donante, no acarrea la resolución de este acto a menos que expresamente se haya establecido una cláusula resolutoria, o sea, que el donante haya propuesto la resolución para el caso del incumplimiento. El art. 1426, el art. 1090 a su turno.
Se tratan como modalidad en un acto jurídico, la modalidad pasiva, la representación que ya vimos. Nos corresponde entrar a revisar la última parte del programa de los actos jurídicos, porque hemos visto como nacen, cuales son sus clases, requisitos, efectos que este provoca y las formas que puede asumir. A continuación se revisa de modo relevante la ineficacia de un acto jurídico.

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